La doble conquista

EL AÑO DEL HISTÓRICO JUICIO AL TERRORISMO DE ESTADO EN CÓRDOBA

La contundencia, profundidad y amplitud de la sentencia, la masiva y plural convocatoria y el contexto político adverso a los derechos humanos otorgaron al desenlace del proceso La Perla – La Ribera – D2 el valor de un acontecimiento trascendente y esperanzador. 

En lapsos de tres a cuatro minutos, el murmullo se convierte en silencio expectante para luego estallar en un potente bramido. La secuencia sonora replica desde la calle el final de cada tramo de la lectura en sala de audiencias, transmitida hacia el exterior por una señal de televisión. Es una ovación masiva y cíclica. Un tronar de gargantas en respuesta a cada una de las 28 condenas a prisión perpetua. 

Son varios miles las gargantas que componen ese coro multitudinario y diverso, de edades, ocupaciones e identidades colectivas variopintas. Trabajadores, estudiantes, profesionales y militantes políticos, sociales y culturales se abrazan con quienes durante varias décadas sostuvieron el reclamo por sus hijos e hijas desaparecidos.

Están ahí para acompañar y defender la culminación de un proceso de justicia institucional que duró tres años, ocho meses y 27 días y abarcó como ningún otro las múltiples dimensiones del terrorismo de Estado cívico-militar en la provincia de Córdoba: la megacausa La Perla – La Ribera – D2. 

Antes, la primera ovación surgida de esas gargantas respondió al pedido del militante de H.I.J.O.S. Emilio Pihen, conductor del acto en espera de la sentencia: “Un aplauso para los testigos. Cuando estaban prisioneros en La Perla, se comprometieron: ‘El que salga vivo tiene que contar esto’. ¡Y eso hicieron!”. Más tarde, la sobreviviente y testigo Liliana Callizo recibiría desde el escenario y con lágrimas en los ojos un similar reconocimiento.

Cuando el juez Jaime Díaz Gavier, presidente del Tribunal Oral Federal N° 1, pronuncia la frase “este juicio ha terminado”, lo que aquellos sobrevivientes del horror contaron se convierte en verdad y justicia y el caluroso mediodía del jueves 25 de agosto de 2016 entra en la Historia. De Córdoba, el país y la humanidad.

Condenas y verdades

Ese día el ex general Luciano Benjamín Menéndez recibió a sus 89 años la sentencia a prisión perpetua número doce, como responsable máximo de la represión en diez provincias argentinas. Desde el fallo del 24 de julio de 2008 en la causa Brandalisis, en poco más de ocho años el otrora todopoderoso jefe del Tercer Cuerpo de Ejército se ha convertido en el jerarca dictatorial más condenado. En este proceso, encabezó la nómina de los 43 acusados que llegaron vivos al final del juicio, 28 sentenciados a prisión perpetua, otros diez a penas de entre dos años y seis meses hasta 21 años de cárcel y cinco absueltos.

Entre las condenas que compitieron con la de Menéndez en decibeles de ovación, se cuentan las de Héctor Pedro Vergez, creador del grupo terrorista paraestatal Comando Libertadores de América y jefe operativo de los campos de concentración y exterminio de La Ribera y La Perla. Las de Carlos Yanicelli y Yamil Jabour, responsables policiales de la represión dictatorial cuyo poder se prolongó hasta mucho después del retorno democrático. La de su entusiasta ex compañera Graciela Antón, primera mujer sentenciada a perpetua por delitos de lesa humanidad. Y sobre todo la de Ernesto Guillermo Barreiro, oficial de inteligencia del Ejército, jefe de interrogadores y torturadores del campo de La Perla e iniciador de la sedición carapintada que en Pascuas de 1987 desafió a la democracia para canjear gobernabilidad por impunidad, condenado por primera vez luego de ser capturado y extraditado desde los Estados Unidos (paradójicamente, Aldo Rico, el otro protagonista de aquella asonada militar, participó en el desfile por el Bicentenario del 9 de Julio).

La sentencia también incluyó el reconocimiento de que en Córdoba se cometieron crímenes de lesa humanidad desde mucho antes del 24 de marzo de 1976, en el contexto de las intervenciones federales decretadas primero por Juan Perón y después por Isabel Perón tras el “Navarrazo”, golpe policial que el 28 de febrero del 74 derrocó al gobierno popular de Ricardo Obregón Cano y Atilio López. La certeza de que el hijo de Silvina Parodi y Daniel Orozco y nieto Sonia Torres nació y fue robado en el marco del plan sistemático de apropiación de niños de víctimas de la represión dictatorial. La condena a los ataques contra la integridad sexual como crímenes específicos de lesa humanidad, pero calificados con la más benevolente figura del “abuso deshonesto”, vigente en el momento de los hechos. La comprobación, en la causa MacKentor, de que la dictadura cívico-militar también saqueó patrimonio empresarial, aunque la Justicia penal se considere inhabilitada para reparar ese despojo. 

Esos crímenes son imprescriptibles, porque como sostienen los fundamentos de la sentencia “ha quedado acreditado en el juicio que el plan sistemático de eliminación de opositores políticos estableció como ‘blancos’ a eliminar a aquellos que creían contrarios al régimen que las fuerzas armadas pretendían imponer”

Ningún teatro

En septiembre de 2015, el historiador José Luis Romero publicó en varios diarios del Grupo Clarín un artículo titulado El teatro de los juicios, donde afirmaba que los procesos de lesa humanidad eran “espectáculos impactantes”, con un “libreto” que jueces y fiscales interpretaban con una “cuidada puesta en escena”, por temor a “la presión de los militantes y del poder político”, violando sistemáticamente el derecho a defensa de los acusados. Con impostada autoridad académica, Romero concluía: “Estos juicios van a dejar gravemente herida a la Justicia y al principio de los derechos humanos, víctima de un gobierno que, curiosamente, se vanagloria de defenderlos”.

“Absolver a Juan Carlos Cerutti, ya filiado, con relación a seis hechos de privación ilegítima de la libertad calificada (…); siete hechos de imposición de tormentos agravada (…); un hecho de homicidio doblemente calificado por alevosía y por la pluralidad de partícipes en grado de tentativa; y cinco hechos de homicidio doblemente calificado…”. Mientras el aludido saltaba en su butaca y celebraba como si hubiera ganado la lotería, en la sala de prensa la hija del fallecido militante político y sindical de Bell Ville Humberto Rodríguez derramaba lágrimas de impotencia, porque la represión sufrida por varias víctimas de esa ciudad durante los años del terror había quedado impune, al menos en relación a uno de los presuntos autores materiales.

“Reaccioné así porque pensé en el dolor y la frustración de las familias de sus víctimas, y también me dio un miedo inmenso de que absolvieran a Castro”, diría después Natalia Rodríguez. Se refería a Antonio Reginaldo Castro, el ex policía acusado de ser uno de los captores y torturadores de su padre. Minutos más tarde, quien hasta el día de la sentencia caminaba a sus anchas por las calles de Bell Ville sería condenado a sólo ocho años de prisión, a pesar de que la fiscalía había solicitado veintitrés. Su inclusión en el juicio también estuvo fuera de “libreto”, porque Castro fue imputado y detenido luego de que dos testigos lo mencionaran durante el mismo proceso oral.

Situaciones como éstas derrumban las afirmaciones de Romero y quienes descalifican los juicios de lesa humanidad, porque demuestran que en numerosos casos como los de Cerutti y Castro el beneficio de la duda se respetó mucho más de lo que comúnmente ocurre con los delitos contra la propiedad. Y sobre todo porque el desenlace del proceso, ejemplar aunque imperfecto, ilustra que la revisión jurídica del terrorismo de Estado ha sido una conquista lenta, ardua y dolorosa, fruto de la sostenida militancia de las víctimas y sus familiares y de un gobierno que convirtió en política de Estado el reclamo de justicia.

El 24 de octubre se dieron a conocer las 4664 páginas de la exhaustiva fundamentación del fallo de la megacausa, donde puede leerse cuan extensa, amplia y rigurosa fue la investigación que permitió arribar a estas condenas. Ese texto escrito por los jueces tuvo dos vías de alimentación. La pesquisa judicial, iniciada con el retorno de la democracia, interrumpida por las leyes de la impunidad, retomada y fortalecida cuando los derechos humanos se convirtieron en política de Estado. La información generada por las víctimas, sus familiares y las organizaciones que los contuvieron: un inmenso acervo de información, conservado en su memoria y en documentos, recluido durante muchos años en el ámbito familiar privado, que gracias a los juicios pudo transferirse a la esfera pública para alimentar el proceso de verdad y justicia. Así, el pueblo argentino contribuyó a escribir la historia que hoy narran los fallos judiciales, mal que les pese a quienes abjuran de cualquier reminiscencia de “justicia popular”. 

Una movilización histórica

La movilización popular que acompañó la sentencia fue la más numerosa en la historia de los juicios por crímenes de lesa humanidad en Córdoba. Casi sin excepciones, las organizaciones sindicales convocaron a su militantes y afiliados. Miles de trabajadores, organizados o no, marcharon para escuchar el veredicto hasta los Tribunales Federales, a donde también confluyeron numerosos estudiantes universitarios y secundarios. 

En las redes sociales, la convocatoria fue potenciada desde meses antes con centenares de videos personales que fundamentaban las consignas #YoVoyALaSentencia, #VamosALaSentencia y #SentenciaLaPerla (que el 25 de agosto llegó a ser trending topic global en Twitter).

El Ministerio de Educación de la Provincia otorgó un cambio de actividad para alentar la participación de la comunidad educativa y sugirió el abordaje previo del tema en las aulas, como una “oportunidad pedagógica” para promover la “formación de una ciudadanía crítica y responsable”. La decisión oficial posibilitó la masiva concurrencia de docentes y estudiantes a la movilización y la reflexión sobre el valor y significado del juicio, a partir del “ejercicio de la memoria colectiva comprendiendo que en el pasado se encuentran sentidos clave para la consolidación del presente y la imaginación sobre el futuro”. 

Esa conciencia de los lazos entre pasado, presente y futuro fue el sello distintivo de la convocatoria y acaso el legado más importante de este proceso judicial. Porque en el bramar de las gargantas de esa multitud había algo más que en otras ocasiones. Ese algo más tuvo que ver con las dimensiones inéditas de un juicio que ilustró como ningún otro la extensión del plan de exterminio de opositores políticos y la índole cívico-militar del terror dictatorial. Pero también con un tiempo político diametralmente opuesto al de los juicios anteriores y el inicio de éste, un contexto de reversión de derechos en el que muchos sintieron que era imperativo estar ahí para defender las banderas de memoria, verdad y justicia.

 

Por eso, en este paradojal presente, el 25 de agosto la sentencia de la megacausa La Perla – La Ribera – D2 significó una conquista que vale doble.

Esta crónica fue realizada por Alexis Oliva con el aporte de las Áreas de Comunicación de los Espacios de Memoria de Córdoba (Archivo Provincial de la Memoria, La Perla y Campo de la Ribera).